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Impulsan formalizar el empleo en construcción

Un importante impulso para la formalización del empleo dará el nuevo registro nacional de obras de construcción civil (Renocc), aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Se trata del D. S. Nº 005-2020-TR, el cual precisa que todas las personas naturales o jurídicas que ejecuten actividades u obras de construcción civil cuyo valor supere las 50 UIT contarán con una nueva plataforma virtual para la inscripción de obras, más simple, amigable y gratuito.

Así, mediante esta nueva plataforma se mejora el acceso a actuaciones administrativas para la coordinación de medidas de prevención de la violencia en obras de construcción civil. También se podrá acceder al servicio de bolsa de trabajo y acercamiento empresarial del Centro de Empleo del MTPE, a fin de reprimir la mafia de “colocaciones” que amenazan la integridad de los trabajadores.

La autoridad del trabajo informó que con este nuevo espacio virtual también se regularizarán las inscripciones de los trabajadores en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil (Retcc).

Disposiciones

La norma precisa que las obras de construcción civil inscritas en el Renocc, conforme con el D. S. N° 008-2013-TR, que están en ejecución, conservan su inscripción.

En el Renocc se inscribirán las obras de construcción civil que se ejecutan en todo el territorio nacional. Por tanto, contendrá información respecto a las obras de construcción civil y de las personas naturales o jurídicas que ejecutan estas edificaciones.

La autoridad del trabajo espera que con la mejor sistematización de la información del Renocc sea posible una ágil detección de incumplimientos y gestión de riesgos en materia de inspección laboral, situación que redundará en una mejora sustantiva del ejercicio del papel de la institución en materia de relaciones de trabajo, así como en la promoción y protección de los derechos constitucionales como la salud e integridad personal, el derecho de propiedad, libertad de contratación, entre otros.Por último, el nuevo registro fue aprobado en cumplimiento del D. Leg. 1187, que previene y sanciona la violencia en la actividad de construcción civil.

Servicios mínimos

Los empleadores tienen hasta el 30 de enero para presentar la comunicación de servicios mínimos a sus trabajadores u organización sindical y a la autoridad del trabajo. Esta comunicación permite al empleador garantizar el mantenimiento de sus actividades indispensables o el servicio público esencial que presta a la colectividad.

Por su parte, las organizaciones sindicales pueden efectuar observaciones a este reporte, en un plazo de 30 días de comunicados los servicios mínimos por el empleador, dijo el MTPE.

Fuente: EL PERUANO.

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