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Agilizarán pagos a beneficiarios de seguros de vida con ahorro o inversión

Esta semana la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el Reglamento de seguros de vida con componentes de ahorro y/o inversión, donde destacan los productos denominados rentas particulares.

El reglamento comprende diferentes aspectos que buscan una mayor protección del asegurado. Incluye lineamientos sobre el diseño y la promoción de estos seguros, la transparencia de información hacia el asegurado, el reconocimiento de reservas y de requerimientos patrimoniales asociados, la gestión de las inversiones que los respaldan, entre otros aspectos.

Una de las medidas que establece el reglamento es fijar un plazo de hasta diez días calendario para que las compañías aseguradoras realicen el pago de los componentes de ahorro o inversión, una vez presentada la solicitud por el asegurado o sus beneficiarios.

Martín Sáenz, Intendente de Supervisión de Inversiones de Seguros de la SBS, refirió que antes de la publicación del reglamento no estaba regulado el plazo máximo para concretar este pago, por lo que las compañías se tomaban diferentes periodos de tiempo para concretar este trámite.

Con esto se busca agilizar el pago de los componentes de ahorro e inversión, mientras que acceder a la cobertura del seguro tomará un tiempo adicional.

“Con la norma se busca aclarar el proceder para hacer efectivos los beneficios. Los componentes de ahorro e inversión son separables del seguro, donde se requiere de más requisitos para acceder a la cobertura”, indicó Sáenz.

Si bien la norma ya está vigente, el reglamento señala que las empresas cuentan con un plazo de adecuación máximo de hasta el 30 de junio de 2022.

“Algunas compañías podrían implementar esta norma antes del plazo máximo, según la adecuación de sus sistemas”, anotó Sáenz.

Este tipo de seguros se activa tras la ocurrencia de un siniestro para dar cobertura de riesgo de mortalidad, sobrevivencia, morbilidad o longevidad.

El reglamento también precisa algunos conceptos:

Componente de ahorro: es la parte del contrato de seguro que la empresa paga al asegurado o beneficiario del seguro aún si el evento asegurado no ha ocurrido. Este componente tiene una tasa de rendimiento fija que no varía en el tiempo.

Componente de inversión: es la parte del contrato de seguro que la empresa paga al asegurado o beneficiario del seguro, aún si el evento asegurado no ha ocurrido. Este componente tiene un rendimiento variable, incluyendo (pero no limitado a) aquellos casos donde el rendimiento se encuentra afecto a la volatilidad del valor de las inversiones que respaldan este componente, donde dicho rendimiento podría ser totalmente variable o variable con un rendimiento mínimo garantizado.

La norma señala que las empresas deberán obtener información suficiente y relevante sobre el contratante.

Para ello, deben considerar los siguientes aspectos: (i) información sobre sus necesidades e intereses; (ii) sus niveles de conocimiento de los productos e instrumentos del sistema financiero y del mercado de capitales; y, (iii) sus niveles de tolerancia al riesgo, para el caso de productos con componentes de inversión.

“La información y los documentos que sustentan el cumplimiento de esta obligación deben encontrarse a disposición de esta Superintendencia”, señala el reglamento.

Agrega que las empresas, bajo cualquier modalidad de contratación, deben ofrecer productos de acuerdo a la evaluación que realicen del perfil del contratante.

Asimismo, deben brindar información clara sobre las rentas particulares y otros seguros de vida con componente de ahorro y/o inversión, principalmente en lo que corresponde a los riesgos cubiertos, suma asegurada, prima comercial y exclusiones.

También sobre las características de los componentes de ahorro y/o inversión, incluyendo información sobre las proyecciones y rendimiento esperado de los valores invertidos en cada componente, así como los cargos adicionales no relacionados con la cobertura materia delseguro, el valor de rescate y las limitaciones o penalidades que se apliquen.

Escenario pesimista

El reglamento también señala que para el caso de seguros con componente de inversión, las proyecciones que difundan las empresas sobre los productos deben considerar estimaciones bajo supuestos razonables, por ejemplo, considerando periodos de largo plazo y situaciones coyunturales o de emergencia que podrían afectar los rendimientos.

“Asimismo, por cada componente de inversión, se debe informar al menos un escenario pesimista, señalando en caracteres destacados que dicho escenario no refleja un rendimiento mínimo garantizado”, indica la norma.

Esto último no será obligatorio para los seguros con componente de inversión con rendimiento mínimo garantizado o con componente de ahorro, incluyendo las rentas particulares.

Fuente: GESTIÓN.

 

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