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junio 9, 2025
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Bono de arrendamiento para viviendas estará listo en junio

El Poder Ejecutivo oficializó la ley que crea el Bono de Arrendamiento para Vivienda, como un subsidio para el alquiler de inmuebles y la generación de ahorro para el acceso de compra de viviendas que beneficiará a personas de 18 a 40 años.

Mediante Ley Nº 30952, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, se creó este bono que se otorga con periodicidad mensual y por un tiempo máximo de cinco años, con criterio de utilidad pública.

Objetivos

El instrumento financiero se entrega sin cargo de restitución de los beneficiarios y constituye un incentivo de ahorro para promover el acceso a la vivienda y a la mejora de las condiciones de habitabilidad.

Detalles

El monto del bono se distribuye de la siguiente manera: un porcentaje se destina para cubrir el pago del arriendo de la vivienda; otra cantidad forma parte del ahorro orientado al pago de la cuota inicial o para la adquisición de una vivienda.

El valor del bono y los porcentajes se establecerán en el reglamento de la ley que deberá ser emitido por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) en un plazo no mayor de 30 días contados a partir de hoy.

Desembolso

El desembolso del ahorro se realiza al culminar el plazo máximo del otorgamiento del Bono de Arrendamiento para Vivienda, es decir, a los cinco años contados desde la fecha de su otorgamiento.

La norma precisa que el MVCS realiza el desembolso mediante el Fondo Mivivienda, según corresponda, directamente a favor del promotor, el desarrollador inmobiliario, o el propietario de la vivienda en arrendamiento.

Requisitos

Según la norma, califican como beneficiarios del Bono de Arrendamiento para Vivienda: el grupo familiar o grupo conformado mínimo por dos personas no dependientes, de nacionalidad peruana.

El postulante a este beneficio deberá tener entre 18 y 40 años de edad, además de ser personas de escasos recursos económicos.

Fuente: EL PERUANO.

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