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febrero 4, 2025
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El 19 de diciembre se inician inscripciones para Renta Joven en Cajamarca, Ayacucho, Ica y Tacna

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializó la tercera convocatoria del Bono de Arrendamiento para Vivienda (BAV), también conocido como Renta Joven, que beneficiará a 3,000 familias jóvenes, las que se podrán inscribir desde el 19 de diciembre de este año.

Mediante la Resolución Ministerial N° 407-2019-Vivienda, publicada en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso que los 3,000 bonos se distribuirán en las ciudades de Lima y Callao (1,000), Cajamarca (500), Ayacucho (500), Ica (500) y Tacna (500).

La norma indica que la inscripción de los grupos familiares y de los grupos de no dependientes para esta tercera convocatoria se inicia desde el 19 de diciembre del 2019.

Mientras que la suscripción de contratos de arrendamiento de inmueble de los grupos familiares y los grupos de no dependientes elegibles empezará a partir del 22 de enero del 2020.

Centros de atención

Para ambos trámites de esta tercera convocatoria se han dispuesto los Centros de Atención al Ciudadano (CAC) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ubicados en las ciudades señaladas.

-Cajamarca: Jirón Baños del Inca Nº 112, 114, 116, Ramón Castilla

-Ayacucho: Jirón Garcilaso de la Vega N°797, Urb. Banco de la Nación M-13

-Ica: Calle Los Nardos 185, Urb. San Isidro

-Tacna: Urb. Viñedos de Grace B-1, avenida General Suárez,  Cercado

-Lima: Vitrina Inmobiliaria, Jirón. Camaná 199, Cercado

Las inscripciones se realizarán en los Centros de Atención al Ciudadano del MVCS, en el horario de lunes a viernes de 8:00 horas a 17:00 horas.

También se habilitarán centros de atención o centros autorizados que el Fondo Mivivienda publicará oportunamente en el portal institucional: www.mivivienda.com.pe.

Detalles

El bono es un subsidio que se otorgará con periodicidad mensual y por un tiempo máximo de 5 años, a efectos de brindar ayuda económica para arrendar una vivienda a personas entre 18 y 40 años, que tengan como ingreso mensual máximo hasta 3,538 soles.

Los grupos beneficiarios deben estar conformados como mínimo por dos personas, pudiendo ser padres e hijos, hermanos, esposos, convivientes sin impedimento matrimonial o amigos; además de no ser propietario, ni copropietario de vivienda, terreno o aires independizados para vivienda.

El valor mínimo de la renta mensual es de 750 soles y el máximo de 1,560 soles; el Bono de Arrendamiento de Vivienda es de 500 soles. El 70% del bono es destinado a la renta mensual (350 soles) y el 30% restante irá al ahorro (150 soles).

Fuente: EL PERUANO.

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