La seguridad en el sector de infraestructura y construcción nacional es uno de los pilares para que, tanto las operaciones como los trabajadores, puedan desempeñarse sin riesgos. En ese sentido, se ha establecido una normativa sobre los procedimientos que debe seguir el profesional de la salud para la vigilancia de los trabajadores en el sector construcción.
Únicamente el año pasado, según estudio de Análisis de la Siniestralidad del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) Salud** registraron 1 578 atenciones, 289 diagnósticos y con un gasto de siniestralidad de S/. 1 170 476.00 dentro de este sector, 19% de estos relacionados a la salud dentro de las actividades laborales.
Por ello, Percy Mesías, Gerente VP de Seguridad y Salud Ocupacional de Marsh Perú, destaca que “la prevención de este tipo de riesgos es crucial para la generación de un buen ambiente laboral en el sector construcción, pero por sobre todo para poder tener una operación segura y sostenible. Desde Marsh, consideramos que se requiere un enfoque integrado y comprometido en todos los niveles de la organización, entendiendo que la adecuada vigilancia de la salud es un proceso de gestión de mejora continua y no un programa o una actividad del Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST); con esta normativa y por conocimiento del Sector Construcción, vemos que en el Perú, ya se están realizando actividades en mayor o menor medida, todos con el objetivo de la disminución de estos riesgos críticos para el Sector Construcción. Queda un largo camino, pero ya tenemos asentadas las bases”.
Los protocolos aprobados para la vigilancia de la salud de trabajadores del sector construcción, califica para aquellos con exposición a agentes biológicos, agentes físicos, agentes químicos, factores de riesgo ergonómicos y factores de riesgo psicosociales. Esta disposición entra en vigencia a los 30 días hábiles de publicada la norma, desde el 10 de febrero de 2023.
Cabe destacar que la resolución será aplicada a todos aquellos empleadores que desarrollan actividades de sector construcción, tales como demolición, preparación de terreno, construcción de edificios, carreteras, líneas de ferrocarril, entre otros especificados en la Resolución Ministerial N° 251-2021-TR.
No obstante, también se aplicará a aquellos que realicen actividades complementarias que permitan el cumplimiento de las actividades de construcción, tales como servicios de comedores, campamentos, médicos, de vigilancia, servicios de topografía y otro tipo de prestación de servicios involucrados.
Los profesionales de salud que realizan la vigilancia de los trabajadores deben realizar actividades de prevención, seguimiento a las enfermedades, estudios epidemiológicos y realizar intervenciones a nivel individual y nivel colectivo conforme a los hallazgos.
¿Qué beneficios representa esta norma?
De acuerdo a Mesías, esta nueva disposición no sólo traerá disminución en el ausentismo laboral (27%) y enfermedades ocupacionales (16%)*, sino también se presenta como una oportunidad para darle mayor protagonismo a beneficios para el trabajador. De esta manera, identificar, evaluar y controlar los factores de riesgo que se presentan los ambientes laborales, intervenir en forma oportuna y preventiva en el control de las condiciones y actos inseguros, mejorar la accidentabilidad y la siniestralidad, reducir la tasa del SCTR Salud y Pensiones del Sector Construcción; además de tener trabajadores seguros, sanos y felices.
- * Según Estudio MARSH (2021).
- ** MARSH 2023.