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febrero 19, 2026
Inmobiliaria

¿Qué hacer si no te entregan tu vivienda en el plazo acordado?

La compra de una vivienda representa uno de los compromisos económicos más importantes para las familias peruanas. No obstante, en algunos casos los compradores enfrentan retrasos en la entrega del inmueble, lo que puede generar incertidumbre, gastos adicionales e incluso conflictos con la empresa inmobiliaria.

Ante este escenario, Alain Di Natale, Director de la Defensoría del Cliente Inmobiliario (DCI), asociación civil sin fines de lucro creada por los gremios inmobiliarios más importantes del país: la Confederación de Desarrolladores Inmobiliarios del Perú (CODIP) y la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO), recuerda que existen mecanismos y procesos que permiten al comprador informarse y exigir el cumplimiento de lo pactado.

Recomendaciones y aspectos clave a considerar:

  • Cuando compres:

Debes pedirle a la empresa el estado de las licencias y permisos municipales para dimensionar si el proceso constructivo iniciará dentro de los plazos ofrecidos por la empresa. Cuando negocies las cláusulas de tu contrato, sugiere a la empresa pactar acuerdos autocompositivos en caso que se produzca demora en el plazo de entrega del inmueble, tales como razones de fuerza mayor o causas de justificación razonables y, por otro lado regula las compensaciones o penalidades que deba asumir la empresa por un eventual retraso que sí sea injustificado, recuerda que el mejor aliado es la prevención de estos supuestos en tu contrato.

  • Si se produce incumplimiento en el plazo de entrega acordado:

Es fundamental verificar el plazo de entrega pactado en el contrato de compraventa, las penalidades reguladas por retraso y las cláusulas que permiten un aplazamiento. Algunos contratos pueden contemplar excepciones por fuerza mayor, demoras administrativas u otras causas debidamente justificadas.

  • Identificar si el retraso está contractualmente permitido:

No todo retraso implica un incumplimiento automático. El comprador debe revisar si el contrato prevé prórrogas o supuestos específicos que habiliten a la inmobiliaria a extender el plazo de entrega. Los procesos constructivos también dependen de algunos elementos externos y ajenos a la empresa inmobiliaria, como por ejemplo la puesta del servicio de agua, energía eléctrica, gas e inclusive de permisos para trabajos en pistas y veredas para habilitar a la edificación de dichos servicios.

  • Comunicar formalmente el incumplimiento:

Si el plazo vence sin una justificación válida, se recomienda comunicar el retraso por escrito a la empresa inmobiliaria, solicitando una nueva fecha de entrega o la aplicación de las penalidades correspondientes conforme a lo establecido en tu contrato.

  • Verificar la formalidad de la empresa inmobiliaria:

La DCI advierte que existen empresas informales o poco transparentes que no se encuentran debidamente constituidas ni adheridas a gremios u organismos formales del sector. Operar con este tipo de empresas incrementa el riesgo de retrasos injustificados y posibles estafas, por lo que es clave verificar su trayectoria, documentación y mecanismos de respaldo antes y durante la compra.

  • Buscar orientación especializada:

Ante desacuerdos o falta de respuesta, el comprador puede solicitar orientación o presentar un reclamo ante la Defensoría del Cliente Inmobiliario (DCI), siempre que la empresa se encuentre adherida a este mecanismo de solución de controversias. Este acompañamiento permite canalizar el reclamo de manera ordenada y técnica.

Finalmente, la DCI recuerda que informarse antes de firmar un contrato, revisar cuidadosamente y proponer cláusulas de solución ante eventuales incumplimientos sobre plazos y excepciones, así como verificar la formalidad de la empresa inmobiliaria, reduce significativamente el riesgo de conflictos y permite al comprador proteger su inversión y sus derechos frente a retrasos en la entrega de una vivienda. Además, si la empresa inmobiliaria está adherida a la DCI, puedes solicitarle que incorporen en tu contrato la cláusula de solución de conflictos a través de la Defensoría del Cliente Inmobiliario.

 

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