El ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Miguel Estrada, sostuvo que las zonas rurales serán las más beneficiadas con el uso del canon para los programas de vivienda social que promueve el Estado.
“Hemos visto que en zonas rurales y en aquellas poblaciones donde tienen acceso al canon no se tiene una vivienda adecuada, esa necesidad hace que ahora podamos utilizar los fondos que vienen del canon para hacer proyectos de vivienda”, manifestó.
Miguel Estrada explicó que los recursos del canon ya podrán ser utilizados por los gobiernos regionales y locales para financiar los programas de vivienda social que otorga el Estado a las familias de escasos recursos económicos.
“A través de la firma de un convenio, el gobierno local o regional que recibe algún tipo de canon por una actividad económica en su jurisdicción, le transfiere sus fondos al Ministerio de Vivienda para que mediante el Fondo Mivivienda o el Programa Nacional de Vivienda Rural, se pueda establecer financiamiento para la construcción de casas y mejorar la condición de vida de los ciudadanos”, dijo.
“(El monto de financiamiento) depende de cuánto las autoridades locales o regionales quieran transferir al Ministerio de Vivienda para estos programas sociales, es decir, tienen que identificar la cantidad de viviendas que serán construidas y tomar en cuenta también el costo de cada una de ellas”, agregó.
Procedimientos
El pasado 7 de agosto se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 024-2019-Vivienda, que establece los procedimientos para el financiamiento de dichos proyectos habitacionales, mediante de la intervención del Ministerio de Vivienda.
Los recursos del canon podrán ser dirigidos al financiamiento de Bonos Familiares Habitacionales (BFH) del programa Techo Propio, en las modalidades de Adquisición de Vivienda Nueva o Construcción en Sitio Propio, así como para el financiamiento de vivienda social en el ámbito rural del Programa Nacional de Vivienda Rural (PNVR).
El decreto supremo también señala que el financiamiento que realicen los gobiernos regionales o locales con recursos del canon se efectuará previa suscripción de convenios con el Ministerio de Vivienda.
Asimismo, la normativa estipula que los recursos del canon que deban disponer los gobiernos regionales y locales se determinarán de acuerdo a las necesidades de atención que se consideren necesarios, sin implicar el uso de un porcentaje límite de recursos.
El 20 de setiembre del 2018 el Congreso de la República aprobó la Ley N° 30848 que modifica la Ley de Canon, con el fin de que los gobiernos regionales y locales utilicen este recurso en el financiamiento de proyectos de vivienda social.
Fuente: ANDINA.