El Pleno del Congreso aprobó la modificación del Impuesto General a la Ventas del 18% al 8% para restaurantes y hoteles. Con 90 votos a favor y 14 en contra y 9 abstenciones se tomó la decisión por el cambio en el impuesto.
En una segunda votación algunos congresistas se abstuvieron debido a que surgió el conflicto de interés por contar con familiares con actividad en el rubro.
De acuerdo al texto sustitutorio, la nueva tasa del IGV para este tipo de establecimientos entrará en vigencia al mes siguiente de la promulgación, cuya vigencia será hasta el 31 de diciembre del 2024.
Esta medida ha presentado una oposición del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) al comentar que, “una tasa reducida del IGV distorsiona y dificulta su aplicación, hace más complicado el sistema tributario (al generar tres regímenes adicionales) e incentiva el “enanismo” empresarial y la informalidad”.
A inicios de junio, la Comisión de Economía del Congreso aprobó por mayoría el dictamen que busca establecer una tasa especial y temporal “denominada 8% del IGV para rescatar el empleo” para las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, servicios de catering y concesionarios de alimentos (es decir, se reduciría desde 18%). Además establece la compensación automática del saldo del crédito fiscal del IGV acumulado.
Fuente: GESTIÓN.