La Municipalidad de Lima reglamentó el procedimiento y las condiciones para el reconocimiento del derecho de edificación transferible de los lotes ubicados en la plataforma superior del acantilado de la Costa Verde.
Así, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 001, se establece que las comunas distritales involucradas en este lugar declarada zona intangible deberán adoptar medidas de control y seguimiento del estado de los acantilados y garantizar que las edificaciones existentes y autorizadas no aumenten el riesgo existente.
Además, tendrán que adoptar medidas, a fin de implementar sistemas de riego tecnificado en toda la Costa Verde para evitar el peligro de deslizamientos; estas acciones deberán ser puestas en conocimiento de la Autoridad del Proyecto Costa Verde antes de su aprobación.
Los propietarios de lotes ubicados en la plataforma superior de estos acantilados declarada como zona intangible, que estén impedidos de obtener licencias y/o de ejecutar obras, podrán solicitar voluntariamente el reconocimiento de los derechos de edificación para ser transferidos a otros lotes no calificados como intangibles y que además sean lotes receptores.
Fuente: EL PERUANO.