¿Una junta de propietarios puede prohibir el uso de áreas comunes a un vecino que no paga sus cuotas de mantenimiento? El Tribunal Constitucional (TC) ya respondió esta interrogante en una sentencia que marca precedente.
En el expediente N.° 00755-2012-PHC/TC, el TC evaluó el caso de una propietaria que interpuso un hábeas corpus contra la junta de su edificio. La demandante alegó vulneración de su derecho al libre tránsito luego de que se le restringiera el uso del ascensor debido al incumplimiento reiterado de los pagos de mantenimiento.
El máximo intérprete de la Constitución declaró improcedente la demanda, señalando que no se había afectado un derecho fundamental como la libertad ambulatoria. Por el contrario, la medida fue adoptada por acuerdo de asamblea, en aplicación del reglamento interno y como consecuencia directa de la deuda acumulada.
Fuente: ANDINA
