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Ministerio de Vivienda aprueba uno de los reglamentos de la ley de desarrollo urbano

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó este jueves el reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible de la Ley 31313 de Desarrollo Urbano Sostenible, que establece las condiciones para garantizar una ocupación segura y eficiente del territorio en beneficio de sus habitantes.

Mediante el Decreto Supremo 012-2022-Vivienda, publicado en Normas Legales del diario El Peruano, se autorizó este reglamento que lleva la firma del ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, César Paniagua Chacón.

Según el MVCS, es el primero de los cinco reglamentos que se emitirán para implementar la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible.

De acuerdo a la norma, el reglamento incorpora mejoras en los planes para el acondicionamiento territorial y desarrollo en cuanto a su definición, contenido, elaboración, consulta, aprobación y actualización. Además, incluye los planes temáticos como parte de los mismos.

También establece la articulación de los planes para el acondicionamiento territorial y desarrollo urbano con el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, así como con otras medidas que impacten en el territorio.

Asimismo, precisa que, si un área metropolitana involucra más de una jurisdicción provincial, se formulará un único plan de desarrollo metropolitano, denominado “PDM Interprovincial”.

Participación ciudadana

El reglamento incluye de manera obligatoria la participación ciudadana efectiva en el proceso de toma de decisiones de los planes para el acondicionamiento territorial y desarrollo urbano. Para ello se establecen los parámetros mínimos que deben considerarse en el citado proceso que debe estar debidamente planificado.

Se establece, además, un sistema de ciudades y centros poblados el cual organiza y clasifica los mismos y sus ámbitos de influencia, con el fin fortalecer la integración espacial, social, económica y administrativa del territorio nacional, lo que permitirá una planificación sostenible del territorio.

A su vez, fortalece la gestión del riesgo de desastres e incluye el análisis de la adaptación al cambio climático con un enfoque transversal a todo el proceso de elaboración, aprobación, implementación, seguimiento y monitoreo y actualización de los planes para el acondicionamiento territorial y de desarrollo urbano.

Adicionalmente, refuerza las funciones del Observatorio Urbano Nacional, establece una nueva clasificación del suelo (suelo urbano, suelo de protección y suelo rural) y propone una nueva tipología de zonificación, la cual incluye zonas urbanas de acuerdo a su intensidad, a fin de promover los usos mixtos del suelo.

Fuente: GESTIÓN.

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