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Ositran opina a favor de propuesta de adenda a concesión de Aeropuerto Jorge Chávez

El Consejo Directivo de Ositran aprobó un informe con opinión favorable del proyecto de adenda N° 7 al contrato de concesión para la construcción, mejora, conservación y explotación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (AIJCH), el principal de Perú.

El objetivo de la adenda N° 7 al contrato de concesión del AIJCH apunta a establecer las condiciones para que el concesionario, Lima Airport Partnerts (LAP), pueda iniciar las obras relacionadas a la ampliación de la Fase III del primer terminal aéreo del país.

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) indicó además que la adenda busca actualizar aspectos técnicos en el texto del contrato suscrito con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) el 14 de febrero de 2001.

En ese sentido, la propuesta de adenda N° 7 plantea la modificación de diversos aspectos del contrato, entre otros, aquellos destinados a actualizar la Definición de Acreedores Técnicos Permitidos.

También propone incorporar en el contrato el nuevo plazo de vigencia de la concesión acordado entre LAP y el MTC mediante Acta de Acuerdos en la etapa de Trato Directo de Controversia, relacionada al Contrato de Concesión para la Construcción, Mejora, Conservación y Explotación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, suscrita el 20 de diciembre de 2016.

En esa ocasión decidieron poner fin al Trato Directo iniciado en el 2013, y acordaron una ampliación de 10 años más de plazo de vigencia de la concesión a favor de LAP.

Asimismo, se propone establecer las fechas específicas en las que el MTC deberá cumplir con la remoción de las interferencias que a la fecha se mantienen dentro del área de la concesión (relativas al Túnel Gambetta y Gaseoducto operado por Calidda).

Además de establecer a LAP el plazo de cuatro años para que culmine la construcción de la segunda pista de aterrizaje, contados desde que el MTC entrega los terrenos libres de interferencias.

Busca, asimismo, establecer los locales y servicios específicos que se regirán por el Reglamento Marco de Acceso de OSITRAN y actualizar los parámetros de niveles de servicio requeridos para el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, en armonía con las recomendaciones de la International Air Transport Association.

Cabe señalar que la opinión técnica emitida por Ositran tiene carácter no vinculante, de acuerdo a lo expresamente señalado por ley.

Fuente: ANDINA

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