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Perú emite medidas sobre inversión y contratación pública para impulsar reactivación

El Gobierno emitió un decreto legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica, así como a la modernización de la gestión de las inversiones.

Mediante Decreto Legislativo 1553, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprueban disposiciones que agilizan, facilitan y fortalecen la programación, formulación y evaluación, ejecución y seguimiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI) y la contratación pública.

La norma también busca modernizar la gestión de las inversiones públicas mediante la aplicación de estándares internacionales de dirección de proyectos adaptados al referido SNPMGI.

Para ello se autoriza, hasta el 31 de diciembre del 2024, a las entidades de los tres niveles de gobierno para que puedan iniciar la ejecución de las obras que formen parte de una inversión en el marco del SNPMGI, con el cargo de recepción del expediente de licencia de habilitación urbana o de edificación, debidamente firmado y sellado por la unidad de recepción documental o la que haga sus veces.

Las disposiciones antes señaladas no aplican para las obras de edificación y habilitación urbana en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura.

Metodologías

El decreto legislativo autoriza, hasta el 31 de diciembre del 2024, al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones, a elaborar y aprobar metodologías específicas aplicables a las inversiones en el marco del SNPMGI, previo acuerdo con las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) de los sectores.

Las entidades y empresas públicas sujetas al SNPMGI aplican los estándares de dirección de proyectos y reciben el acompañamiento especializado del MEF, a través de instancias denominadas estructuras de gestión de proyectos, de acuerdo a las normas de organización del Estado.

Además, se autoriza, hasta el 31 de diciembre del 2024, a los gobiernos regionales y locales a utilizar los recursos que reciban por conceptos de canon, sobrecanon, regalía minera y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (Focam), una vez descontado el monto acumulado de las obligaciones o compromisos de pago previamente contraídos y que deban ser atendidos con dichos recursos, para el financiamiento o cofinanciamiento de la ejecución de inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR).

En los considerandos de la norma se señala que en Perú uno de los retos que enfrenta la inversión pública es reducir la brecha de infraestructura y acceso a servicios públicos que recibe la población y siendo una de las principales causas la débil capacidad de ejecución por parte de las entidades de los tres niveles de gobierno.

Por lo cual, en el marco de la delegación de facultades, resulta necesario emitir una norma con rango de ley que apruebe disposiciones en materia de inversión pública y contratación pública que contribuyan a la reactivación económica.

Fuente: ANDINA.

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